EVAnaRkISTO

La doctrina del shock, a pleno rendimiento

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Tras declarar el estado de alarma en España, que se convierte en estado de sitio de facto con las fuerzas armadas (civiles y militares) en la calle y con poderes arbitrarios concedidos por el decreto de estado de alarma y las leyes Mordaza, con militares hablando en las ruedas de prensa informativas sobre una emergencia sanitaria y comienzan su discurso con un "sin novedad en el frente", aprovechan la doctrina del shock para dar una vuelta de tuerca más a la vigilancia masiva, y el (des)gobierno de España anuncia que nos geolocalizará, una vez más con fines "benéficos", como ya hizo con el estudio del INE. "Don't be evil". 😒 🖕 🖕


La geolocalización de móviles medirá cómo se cumple el estado de alarma


El Gobierno usará la geolocalización de los móviles para medir el cumplimiento del estado de alarma


Rastreo de móviles y desplazamientos: así sabrá el Gobierno si cumplimos con el estado de alarma



El tratamiento de datos en apps sanitarias o el control tecnológico avivan el debate: qué pasará con los derechos digitales tras la crisis del coronavirus


Por qué la retención de metadatos es vigilancia masiva y debes impedir que tu gobierno la implemente



Ensayo general de distopía



[«BOE» núm. 86, de 28 de marzo de 2020, páginas 27608 a 27610 (3 págs.)] Orden SND/297/2020, de 27 de marzo, por la que se encomienda a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el desarrollo de diversas actuaciones para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 


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"Segundo. DataCOVID-19: estudio de la movilidad aplicada a la crisis sanitaria.


Encomendar a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, siguiendo el modelo emprendido por el Instituto Nacional de Estadística en su estudio de movilidad y a través del cruce de datos de los operadores móviles, de manera agregada y anonimizada, el análisis de la movilidad de las personas en los días previos y durante el confinamiento.


En la ejecución de este estudio, se velará por el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y los criterios interpretativos dados por la Agencia Española de Protección de Datos.


El responsable del tratamiento será el Instituto Nacional de Estadística. Los encargados del tratamiento serán los operadores de comunicaciones electrónicas móviles, con los que se llegue a un acuerdo. El Instituto Nacional de Estadística, como responsable del tratamiento, autoriza a los operadores a recurrir a otros encargados en la ejecución de lo previsto en este apartado."

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